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El Ayuntamiento recurrirá ante el Constitucional el último auto sobre el APR-7 siguiendo el criterio técnico

La Junta de Portavoces ha abordado los últimos informes de los jurídicos municipales sobre la vía a emprender para “seguir defiendo el interés general” ...
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El Ayuntamiento recurrirá ante el Constitucional el último auto sobre el APR-7 siguiendo el criterio técnico

La Junta de Portavoces ha abordado los últimos informes de los jurídicos municipales sobre la vía a emprender para “seguir defiendo el interés general”

El Ayuntamiento de Benidorm, siguiendo el criterio de los técnicos, interpondrá recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional frente al último auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) dictado el pasado mes de junio. En ese auto, el TSJ establecía que no había lugar al incidente de nulidad de actuaciones presentado por el Ayuntamiento frente a la sentencia que establecía que la administración local debía pagar 283 millones de euros, más los correspondientes intereses legales, a dos mercantiles en compensación por los aprovechamientos urbanísticos de su propiedad incluidos en el sector APR-7.
En una Junta de Portavoces convocada por el alcalde, Toni Pérez, se han abordado esta mañana los últimos informes emitidos por los jurídicos municipales y externos sobre la vía legal a emprender para “seguir defendiendo el interés general”.
Tal y como señaló el alcalde tras conocerse esa decisión del TSJ, la hoja de ruta del Ayuntamiento “es la que han marcado los técnicos en relación a los convenios” sobre los que se sustenta la reclamación de las dos mercantiles y “no ha variado ni un ápice”. “El Ayuntamiento de Benidorm no tenía otro camino para la defensa del interés general que el camino que emprendió, siempre bajo el criterio técnico, y eso está manifestado en sentencias judiciales reiteradamente”; unas sentencias que en primera instancia dan la razón al Ayuntamiento.
En relación a este asunto, hay distintas causas abiertas. De un lado, está la causa sobre la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento con relación a dichos terrenos en base a los convenios firmados en 2003 y 2004 y renovados en 2010 y 2013, que es a la que se refiere el último auto del TSJ. De otro, está la relacionada con la revisión de oficio y declaración de nulidad de esos mismos convenios por parte del Consistorio, una línea que todavía sigue viva y con cinco causas abiertas en los juzgados: dos ya resueltas en Primera Instancia que han dado la razón al Ayuntamiento y han ratificado que dichos convenios serían nulos de pleno derecho, que se encuentran recurridas; y otras tres que aún no tienen sentencia.

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