La Justicia avala que las familias decidan entre castellano o valenciano para escolarizar a sus hijos
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado el recurso contencioso-administrativo presentado por un grupo de diputados de Compromís contra la orden de la Conselleria de Educación que reguló la consulta a las familias para la elección de la lengua base de escolarización durante el curso 2025-2026.

La resolución judicial avala el procedimiento impulsado por la Generalitat
Todo ello en aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley de Libertad Educativa, normativa aprobada al inicio de la actual legislatura por Les Corts Valencianes. El fallo también establece la imposición de las costas procesales a los recurrentes, fijadas en un máximo de 1.800 euros. No obstante, la sentencia no es firme y puede ser recurrida mediante recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del propio TSJCV.

La consulta cuestionada permitió a las familias elegir la lengua base en la que deseaban que sus hijos cursaran sus estudios. Según los datos facilitados por la Generalitat, en el proceso participaron 339.411 familias de la Comunitat Valenciana.
«Libertad de elección educativa de las familias»
Tras conocerse la decisión judicial, el portavoz del Consell y conseller, Miguel Barrachina, valoró la sentencia como un respaldo a la política educativa impulsada por el Gobierno valenciano. En declaraciones difundidas por la Generalitat, destacó que «la resolución ratifica la compatibilidad entre la libertad de elección educativa de las familias, la participación en el sistema educativo y la protección del valenciano».
Barrachina sostuvo además que el pronunciamiento judicial respalda la aplicación de una ley aprobada por Les Corts y defendió que el modelo educativo desarrollado por el Ejecutivo autonómico se ajusta al marco legal vigente.

Colectivos vinculados al ámbito educativo valenciano han solicitado su derogación
La decisión del TSJCV se produce en un contexto de debate sobre la aplicación de la Ley de Libertad Educativa y coincide con las reivindicaciones planteadas por distintos colectivos y organizaciones vinculadas al ámbito educativo valenciano, algunas de las cuales han mostrado públicamente su rechazo a la normativa y han solicitado su derogación.
Con esta resolución, el alto tribunal valenciano avala, en primera instancia, la legalidad del procedimiento de consulta lingüística desarrollado por la Conselleria de Educación, a la espera de que pueda producirse un eventual recurso ante instancias superiores.













