El Tribunal Supremo ordena repetir la sentencia del caso sobre el servicio de basuras de Calpe

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Alicante dictar una nueva sentencia en la causa que juzgó a un exalcalde y a dos extenientes de alcalde de Calpe por presuntos delitos relacionados con la adjudicación del servicio de tratamiento de residuos sólidos urbanos en 1998, una de las piezas del conocido como caso Brugal.
El alto tribunal estima el recurso presentado por la Fiscalía contra la sentencia dictada el 24 de octubre de 2022 por la Audiencia Provincial de Alicante, al considerar que el tribunal declaró de forma indebida la nulidad de una intervención telefónica realizada al empresario que obtuvo la concesión del servicio de basuras, así como de las pruebas derivadas de dicha escucha.
El Supremo anula la sentencia y ordena repetir el fallo
En su resolución, el Tribunal Supremo anula la sentencia y ordena a la Audiencia Provincial de Alicante que dicte una nueva resolución teniendo en cuenta esas pruebas que fueron declaradas nulas.
El Supremo reproduce en esta decisión los fundamentos jurídicos que ya incluyó en una sentencia de 2024 relacionada con la causa principal del caso Brugal. En aquella resolución, el tribunal sostuvo que el auto judicial que autorizó la intervención telefónica del empresario contaba con motivación suficiente, por lo que no procedía su anulación.

Condenas impuestas en la sentencia anulada
En la sentencia ahora anulada habían sido condenados el exalcalde de Calpe, Francisco Javier M.V., y los extenientes de alcalde Fernando P. y Juan R. por delitos de cohecho continuado, prevaricación y fraude a la Administración. Los tres recibieron penas de dos años y medio de prisión y diez años de inhabilitación, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
El tribunal les absolvió, no obstante, del delito de malversación de caudales públicos, y en el caso de Juan R. también del delito de blanqueo de capitales.
Además, fue condenado por los mismos delitos el empresario Ángel F., a dos años de prisión, mientras que Francisco A., cuñado de Juan R., fue condenado a dos años de prisión por cohecho y prevaricación.
La sentencia también absolvió de distintos delitos a otras tres personas que habían sido acusadas en la causa: el exdirector de la concesión del servicio, la esposa de Juan R. y un hijo del empresario.
Nueva deliberación con las pruebas inicialmente anuladas
Con la decisión del Tribunal Supremo, la Audiencia Provincial de Alicante deberá volver a dictar sentencia valorando las pruebas procedentes de la intervención telefónica cuya nulidad había sido declarada previamente.
La nueva resolución deberá determinar nuevamente la responsabilidad penal de los acusados en esta pieza del caso Brugal relacionada con la adjudicación del servicio de tratamiento de residuos en Calpe.
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