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Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad intervinieron durante 2024 más de 617.000 artículos que vulneraban la Ley de Propiedad Intelectual

La Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura bloqueó en 2024 298 páginas web infractoras, a través del procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual en Internet ...
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Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad requisaron durante 2024 un total de 617.843 artículos que vulneraban los derechos de propiedad intelectual y alcanzaban una valoración de 4,5 millones de euros.

Estos datos están recogidos en la estadística correspondiente a 2024 sobre la lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual, publicada por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Cultura, en colaboración con la Asociación Nacional para la Defensa de la Marca (Andema), asociación adscrita al Consejo Superior de Cámaras de Comercio, y recogidos en el Portal Estadístico de Criminalidad, en su apartado Datos/Propiedad Intelectual.

Durante el pasado año se investigaron 223 posibles infracciones a la Ley de Propiedad Intelectual que desembocaron en la detención e investigación de 136 personas y en el esclarecimiento del 60,5 por ciento de los casos. La mayor parte de las incautaciones policiales se llevaron a cabo en Naves/fábricas/almacenes (64,6 %).

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad intervinieron durante 2024 más de 617.000 artículos que vulneraban la Ley de Propiedad Intelectual 0
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad intervinieron durante 2024 más de 617.000 artículos que vulneraban la Ley de Propiedad Intelectual

Andalucía (con 69 actuaciones), Cataluña (34), Comunidad de Madrid (26) y Comunitat Valenciana (20) son las comunidades autónomas en las que se abrieron más investigaciones durante 2024, mientras que Andalucía es donde se intervino un mayor número de objetos (587.599), seguida de la Comunidad de Madrid (21.600) y Cataluña (4.415).

Los datos recogen el total de las intervenciones policiales realizadas por Policía Nacional, Guardia Civil, Ertzaintza, Policía Foral de Navarra y Mossos d’Esquadra, así como por los cuerpos de policía local que facilitan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC).

El compendio estadístico completo está disponible a través del Portal Estadístico de Criminalidad y de la página web del Ministerio de Cultura (https://www.cultura.gob.es/cultura/propiedadintelectual/portada.html)

Bloqueo de dominios y de páginas web

El Ministerio de Cultura ha colaborado en el bloqueo de 1.194 dominios infractores de la Ley de Propiedad Intelectual, desplegados en 5.192 subdominios, desde la firma, el 8 de abril de 2021, del Protocolo para el refuerzo de los derechos de propiedad intelectual en internet entre la Coalición de creadores e industrias culturales y los titulares y prestadores de servicios de acceso a Internet.

Además, durante 2024, la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura bloqueó 298 páginas web infractoras, a través del procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual en Internet, tras las denuncias presentadas por los titulares de derechos de propiedad intelectual cuyos contenidos estaban siendo explotados sin autorización.

Igualmente, de manera trimestral, la Sección Segunda ha ido incorporando a la plataforma segura de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual WIPO ALERT los sitios web que infringen la Ley de Propiedad Intelectual para que las empresas de publicidad puedan evitar insertar anuncios en ellas y cortar así su financiación. A fecha de 31 de diciembre de 2024 constaban 675 nombres de dominio incorporados por España a dicha plataforma.

Finalmente, al amparo del Plan Nacional de nombres de dominio de Internet, la entidad pública empresarial Red.es ha cancelado, hasta 2024, 19 nombres de dominio de webs denunciadas a solicitud de la Sección Segunda.

La vulneración de derechos de propiedad intelectual, tanto en el ámbito físico como a través de Internet, puede constituir un ilícito civil ante el que cabe la interposición de la correspondiente demanda con el fin de indemnizar el daño causado y, en los supuestos más graves, un ilícito de naturaleza penal recogido en los artículos 270, 271 y 272 del Código Penal.

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