Agricultura publica las ayudas para la erradicación y control de la Xylella fastidiosa para el año 2025
- La finalidad de estas subvenciones es compensar económicamente a quienes hayan resultado perjudicados por la adopción de medidas de carácter fitosanitario obligatorias, en la lucha contra esta enfermedad de cuarentena
- Se trata de compensar el valor de mercado de las plantas afectadas, así como los gastos de arranque y destrucción del material vegetal hasta con 5.000 euros por hectárea

La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha convocado por valor de 500.000 euros las ayudas indemnizatorias para la erradicación y el control de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa en el ámbito de la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2025.
Para poder atender el mayor número posible de solicitudes, los importes anteriores podrán ser incrementados en una cuantía adicional máxima que se fija en la cantidad de un millón de euros, sin necesidad de una nueva convocatoria.
Se trata de ayudas compensatorias del valor de mercado de las plantas destruidas en cumplimiento de las medidas fitosanitarias impuestas en el marco de la lucha contra esta grave enfermedad de cuarentena.

De este modo, podrán beneficiarse de las indemnizaciones las personas propietarias de parcelas o los proveedores de material vegetal que se hayan visto afectados por la adopción de las medidas de carácter fitosanitario obligatorias para la lucha contra Xylella fastidiosa, acordadas mediante la resolución de la dirección general competente en materia de sanidad vegetal.
Los agricultores que presentaron solicitud en el 2024, y no obtuvieron resolución, este año no tendrán que volver a presentar solicitud, si no hay cambios, y podrán recibir la ayudas.
Además, también se consideran indemnizables los gastos por el arranque y la destrucción del material vegetal afectado por la adopción de las medidas obligatorias de lucha contra Xylella fastidiosa.
La cuantía máxima subvencionable por el gasto de arranque y destrucción será de hasta 5.000 euros por hectárea, siempre y cuando se haya llevado a cabo directamente por la persona propietaria de la parcela, o a su cargo, y se justifique su pago.
Las ayudas se concederán mediante el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva y se financiarán con cargo a la partida presupuestaria por un importe global máximo de 500.000 euros.
En el supuesto de haber presentado la solicitud para ser persona beneficiaria de estas ayudas en el ejercicio 2024, sin obtener resolución y siempre que no se consignen parcelas diferentes a las del ejercicio anterior, no será necesaria la presentación de la solicitud en el 2025.
Esta resolución, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, se puede consultar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, (DOGV). El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, desde el día siguiente al de la publicación del extracto de dicha resolución.

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