El proyecto de ley de protección y derechos de los animales, que el Gobierno ha presentado el miércoles a consulta pública, contiene muchas novedades, en torno a la protección de los animales.
El Gobierno Español desarrolla un proyecto ley que le exigirá a las personas que deseen adquirir una mascota tomar un curso previo. El mismo será basado en las responsabilidades que conlleva una mascota y si la persona aprueba el curso mediante las normativas podrá obtener una. La Ley de Protección y Derechos de los Animales busca la protección de estos y prevenir el abandono en las calles.
El objetivo del Ejecutivo es que haya «abandono y sacrificio cero» de animales de compañía, pero la ley contiene otras muchas medidas que, según el Ministerio de Derechos Sociales, supondrán un «antes y un después» en la protección de los animales que conviven con los humanos. Algunas de ellas serán polémicas. El borrador legal tiene que pasar por el Consejo de Ministros, los órganos consultivos y las Cortes, por lo que sufrirá modificaciones. No está prevista su remisión al Congreso de los Diputados hasta enero de 2022

No podrán vivir en terrazas o patios
El anteproyecto dice que los propietarios de mascotas deberán “mantenerlos integrados en el núcleo familiar, en buen estado de limpieza e higiene. No podrán dejarlos en terrazas, patios o sótanos, ni en vehículos cerrados, expuestos al calor o al frío, ni atados a las puertas de un establecimiento sin supervisión. Tampoco podrán deambular por espacios públicos sin alguien que los vigile. Y los animales que, por razones de bienestar, tamaño o características de su especie, no puedan convivir en el núcleo familiar, deberán disponer de un alojamiento adecuado, con habitáculos acordes a sus dimensiones y que los protejan de las inclemencias del tiempo, en buenas condiciones de esmero y pulcritud.

Curso para tener un perro
Estará prohibido dejar sin supervisión a los animales de compañía, como gatos o hurones, durante tres días consecutivos, aunque pone especial énfasis en los perros. Para los canes, este plazo no podrá ser superior a las veinticuatro horas. Además, según fija el borrador, las personas titulares o responsables de perros deberán hacer antes de su adquisición un curso de formación acreditado, cuyo contenido se determinará reglamentariamente. El objetivo, dice el borrador, es facilitar «una correcta tenencia responsable del animal»

Sacrificio cero
La ley prohíbirá el sacrificio de animales de compañía, solo se autoriza por razones sanitarias o eutanásicas. Autonomías como Catalunya o Madrid ya tienen leyes que impiden el sacrificio, pero el Gobierno quiere homogeneizar la situación y prohibir esta práctica en toda España. Prohibido criar y vender en tiendas
La ley busca también el “abandono cero»;, para lo cual se incorporan medidas como la identificación obligatoria de las mascotas, sanciones a quienes abandonen o límites para la cría. Si la ley ve la luz, ningún particular podrá criar sus propias mascotas. La cría y venta sólo podrá realizarse por profesionales registrados.
Dejarán de venderse mascotas en tiendas y se obligará a la esterilización de los animales que habitualmente vivan en espacios abiertos y puedan relacionarse con otros animales de la misma especie y distinto sexo. Asimismo, se prohibirá su exhibición y exposición al público con fines comerciales, excluidos los peces.

Los zoos no podrán criar
El borrador legal prohíbe específicamente la cría de animales salvajes originarios de otro país, tanto terrestres como marinos, así como comerciar con ellos, en particular para la explotación de sus pieles o subproductos. Y los zoológicos o delfinarios no podrán criar ni adquirir animales nuevos, salvo aquellas especies amenazadas.

Prohibido tener animales silvestres
El borrador prohíbe la tenencia de animales de especies protegidas por normas internacionales de aplicación en España, estatales o autonómicas, así como la tenencia de animales silvestres en domicilios particulares, así como en recintos no debidamente cercados o adaptados a la naturaleza del animal, y su circulación por espacios públicos o locales abiertos al público.

Circos sin animales salvajes
Se prohíben los circos con animales salvajes, así como las peleas y riñas de animales, el tiro al pichón y el tiro al tubo. También se impide usar pinchos, collares y otros similares que ahorquen a los animales o aparatos eléctricos que les causen sufrimiento. Y, para evitar el sufrimiento animal en romerías, cabalgatas o procesiones, los animales no podrán estar inmovilizados. Sin embargo, la ley deja fuera a la tauromaquia.

Fin a los perros peligrosos
La ley considera que ningún animal es peligroso por su raza y que los perros deben ser valorados individualmente. Por eso se elimina la lista de perros peligrosos, “sin perjuicio de que, reglamentariamente, se establezcan las condiciones en que deberían manejarse, previa realización de un estudio de sociabilidad.

Colonias Felinas
Se protegerán las colonias felinas. El anteproyecto recoge que se fomentará «la colaboración ciudadana para el cuidado de los gatos comunitarios». Se prohíbe el sacrificio de los gatos comunitarios, salvo por motivos eutanásicos y debidamente certificados, así como la retirada de ejemplares con caracter general.

Registro y santuario de animales
Se crea un sistema nacional de registros de protección animal (SERPA), que incluirá un registro nacional de animales de compañía, un registro de núcleos zoológicos de mascotas, un registro de inhabilitados para la tenencia de animales, de entidades de protección animal y de profesionales expertos en comportamiento. Asimismo, la ley crea la figura del santuario de animales y establece especial protección para las colonias de felinos, que se gestionarán mediante el método CER de captura, esterilización y retorno.

Evacuación en catástrofes
La ley fijará que los planes territoriales de emergencia de las comunidades deberán incluir instrucciones relativas al modo de evacuación de los animales en casos de catástrofe. En particular deberán contemplar el número de animales a evacuar; una relación de lugares donde reubicarlos; medidas para facilitar que sean alojados provisionalmente junto con sus dueños; la manutención de los mismos y protocolos de atención urgente, protección y liberación, recuperación o eutanasia de animales marinos vivos varados.